«Jueves de Herencias»
Abintestato: sucesión marcada por la ley cuando no existe testamento.
Causante: Persona fallecida.
Testador: Persona que hace testamento.
Cónyuge supérstite : Esposo o esposa que sobrevive al fallecido.
Heredero: Persona que hereda los bienes, dinero, derechos y deudas de una persona que fallece o una cuota de ellos.
Legatario: persona que recibe por medio de testamento uno o más bienes concretos del fallecido.
Legítima : parte de la herencia que ha de ser repartida de acuerdo a ley.
Mejora: parte de los bienes con los que el testador puede favorecer a ciertos descendientes frente a los demás.
Tercio de libre disposición: Parte de los bienes de la herencia que el testador puede dejar libremente a quien desee.
Heredero legal: es aquel que el fallecido no puede desheredar salvo por circunstancias también recogidas en la ley.
Testamento abierto: Aquel que se realiza ante notario en escritura pública.
Testamento cerrado: Aquel que el testador entrega al notario sin revelar su contenido.
Testamento ológrafo: El realizado de puño y letra por el testador.
Caudal hereditario: Patrimonio total del fallecido.
Usufructo: uso y disfrute de un bien.
Derecho de acrecer: incremento de herencia que recibe un heredero cuando otro renuncia.
Aceptación a beneficio de inventario: modo de aceptar la herencia, en la que el heredero responde de las deudas del causante, con los bienes de la herencia y recibe solo lo que quede después de pagar éstas.
Aceptación pura: el heredero acepta los bienes , derechos y deudas del causante y responde de ellas con los bienes de la herencia y con los propios.
Certificado de últimas Voluntades: documento que acredita si una persona ha otorgado testamento y delante de que notario.
Certificado de defunción: Documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona.
Ajuar doméstico: Conjunto de enseres, ropa y mobiliario que componen la vivienda.
Impuesto de sucesiones : Impuesto que se paga cuando se hereda.
Plusvalía: impuesto que se paga al heredar o transmitir un inmueble por el aumento del valor del suelo.
Aceptación de la herencia: Declaración del nombrado por ley o por el testamento de que quiere convertirse en heredero del fallecido.
Renuncia de la herencia: declaración del nombrado por el testamento de que no quiere convertirse en heredero del fallecido.
Acreedor hereditario: Quien tiene derecho a reclamar su crédito de los bienes que dejó su deudor al morir.
Albacea: Persona encargada de llevar a cabo la última voluntad del difunto y custodiar sus bienes hasta que los entrega a los herederos.
Herencia Yacente: situación en la que se encuentran los bienes, derechos y obligaciones del fallecido hasta la aceptación de la herencia.