GLOSARIO DE TERMINOS DE DERECHO SUCESORIO - Real Estate Ability

GLOSARIO DE TERMINOS DE DERECHO SUCESORIO

«Jueves de Herencias»

Abintestato: sucesión marcada por la ley cuando no existe testamento.

Causante: Persona fallecida.

Testador: Persona que hace testamento.

Cónyuge supérstite :  Esposo o esposa que sobrevive al fallecido.

Heredero: Persona que hereda los bienes, dinero, derechos  y deudas de una persona que fallece o una cuota de ellos.

Legatario:  persona que recibe por medio de testamento uno o más bienes  concretos del fallecido.

Legítima : parte de la herencia que ha de ser repartida de acuerdo a ley.

Mejora: parte de los bienes con los  que el  testador puede favorecer a ciertos descendientes frente a los demás.

Tercio de libre disposición: Parte de los bienes de la herencia que el testador puede dejar libremente a quien desee.

Heredero legal: es aquel  que el fallecido no puede desheredar salvo por circunstancias también recogidas en la ley.

Testamento abierto:  Aquel que se realiza ante notario en escritura pública.

Testamento cerrado: Aquel que el testador entrega al notario sin revelar su contenido.

Testamento ológrafo: El realizado de puño y letra por el testador.

Caudal hereditario:   Patrimonio total del fallecido.

Usufructo: uso y disfrute de un bien.

Derecho de acrecer: incremento de herencia que recibe un heredero cuando otro renuncia.

Aceptación a beneficio de inventario:  modo de aceptar la herencia,  en la que el heredero responde de las deudas del causante,  con los bienes de la herencia y recibe solo lo que quede después de pagar éstas.

Aceptación pura: el heredero acepta los bienes , derechos y deudas  del causante y responde de ellas con los bienes de la herencia y con los propios.

Certificado de últimas Voluntades: documento que acredita si una persona ha otorgado testamento y delante de que notario.

Certificado de defunción: Documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona.

Ajuar doméstico: Conjunto de enseres, ropa y mobiliario que componen la vivienda.

Impuesto de sucesiones : Impuesto que se paga cuando se hereda.

Plusvalía: impuesto que se paga al heredar o transmitir un inmueble por el aumento del valor del suelo.

Aceptación de la herencia: Declaración del nombrado por ley o por el testamento de que quiere convertirse en heredero del fallecido.

Renuncia  de la herencia: declaración del nombrado por el testamento de que no quiere convertirse en heredero del fallecido.

Acreedor hereditario: Quien tiene derecho a reclamar su crédito de los bienes que dejó su deudor al morir.

Albacea: Persona encargada de  llevar a cabo la última voluntad del difunto y custodiar sus bienes hasta que los entrega a los herederos.

Herencia Yacente: situación en la que se encuentran los bienes, derechos y obligaciones del fallecido hasta la aceptación de la herencia.

 «Interpellatio in iure»: acepte o renuncie a la herencia.

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